Se refiere a aquellas casas de estudios que cuentan con la autorización del Estado para funcionar como tales, y otorgar títulos y grados académicos. El reconocimiento puede obtenerse mediante una ley o un decreto supremo del Ministerio de Educación, tras cumplir los requisitos definidos en la Ley General de Educación (LGE) y la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) (Más información: Consejo Nacional de Educación).